FORMAS ALTERNATIVAS
DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Las
formas alternativas corresponden a mecanismos no formales y solidarios que
brindan un elemento fundamental en la humanización del conflicto, con la presencia
de una tercera persona que actúa como facilitadora especialista en resolución o
prevención del conflicto.
Las
figuras alternativas permiten a los individuos ser gestores de cambios
pro-positivos y pro-activos que faciliten el bienestar mutuo, así como la
satisfacción y el beneficio de los actores involucrados. La
Constitución Política colombiana de 1991 reconoce la posibilidad que tienen los
particulares de ejercer funciones de árbitros o conciliadores que definan
fallos sobre los diversos problemas en los cuales se pueden ver involucradas
las personas, grupos y comunidades.
Dentro de
las formas alternativas de resolución de conflictos se encuentran la negociación,
la mediación, la conciliación y el arbitraje.
Negociación
Es una habilidad que consiste en comunicarse bien, escuchar, entender,
recibir buscando una solución que beneficie a todos; a su vez es considerada como
la relación que logra equilibrar intereses opuestos, articular diversidad de oposiciones
y conciliar diferencias a través de pactos concebidos. Por lo tanto, es
necesario planificar el proceso, tener claros los objetivos propios y los de la
contraparte, clarificar los intereses particulares, saber sobre qué aspectos se
está dispuesto a ceder y diseñar estrategias para el logro de los objetivos
propuestos.
Mediación
Consiste en un proceso en el que una persona imparcial, el mediador,
coopera con los interesados para encontrar una solución al conflicto. Se trata
de un sistema de negociación facilitada, mediante el cual las partes
involucradas en un conflicto, intentan resolverlo, con la ayuda de un tercero
imparcial (el mediador), ayudando a las personas a encontrar una solución que
les sea satisfactoria. El mediador escucha a las partes involucradas para determinar
los intereses y facilitar un camino que permita encontrar soluciones equitativas
para los participantes en la controversia.
Conciliación
Se trata de un proceso o conjunto de actividades a través del cual las
personas o partes involucradas en un conflicto pueden resolverlo mediante un
acuerdo satisfactorio. Adicional a las partes, interviene una persona imparcial
denominada conciliador, que actúa con el consentimiento de las partes o por
mandato de la ley, para ayudar a los actores a llegar a un acuerdo que los
beneficie; procurando acuerdos recíprocos y satisfactorios sin que se presenten
vencidos ni vencedores, activando la comunicación, reduciendo y aliviando las
tensiones, y evitando la escalada del conflicto. Por lo tanto, es necesario
comprender acertadamente el conflicto para verlo como una totalidad y una
fuente de transformaciones que contribuyen al crecimiento y evolución de los
diferentes grupos sociales, permitiendo relaciones más gratificantes y no la
dominación y la imposición.
Arbitramento
Se trata
de un proceso mediante el cual un tercero, que es un particular, decide sobre el caso que se le presenta y las partes
o actores aceptan la decisión. Se parece a un juicio donde el árbitro es
elegido por las partes, en procura de la conciliación. En este proceso, la
decisión del tribunal de arbitramento se asimila a la sentencia de un juez y es
denominada «laudo arbitral».
“Los
ideales de la resolución de conflictos manejados a través de las alternativas
de resolución entre quienes conforman la sociedad, se puede contribuir a la
reducción de la violencia, y al fortalecimiento de espacios pacíficos para las
futuras generaciones”
Claudia Milena Vivas
Fuente: http://www.revistatabularasa.org/numero-1/Mfuquen.pdf
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