Para entender el término: MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE
CONFLICTOS como objeto de estudio, es pertinente un tiempo para tener en
cuenta que cada conflicto es particular y como tal su correcta solución será
única. No existe norma universal o fórmulas mágicas en la que se
certifique que de una u otra forma preestablecida se van a poder solucionar
todos los conflictos a que se enfrente, pero si se puede contar con
antecedentes históricos que ayuden a determinar las vías correctas de uso
de los métodos alternativos de solución de conflictos, por tanto, es
indispensable contar con el adecuado conocimiento de lo que se determina como
conflicto.
Según el diccionario de la real academia de la lengua española se
define el conflicto entre otras como: Apuro, situación desgraciada y de difícil
salida, problema, cuestión, materia de discusión, o en psicología como
coexistencia de circunstancias contradictorias en el individuo, capaces de
generar angustia y trastornos neuróticos.
Esta definición aunque aporta innegables elementos, no proporcionan una
definición clara del conflicto jurídicamente entendido, es por tanto que se
aventura a definirlo como lo que se crea en un momento histórico determinado,
donde coexisten dos posiciones que en principio son contradictorias, radicadas
las posiciones en dos personas distintas, dependientes o no, lo que genera en
ellas una angustia, además consciente o inconscientemente las partes en
conflicto buscaran resolverlo por vías de hecho o de derecho.
Kattia Moncada Hernández
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