domingo, 24 de abril de 2016

CONSULTORIOS JURIDICOS
APORTANDO EN LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Otra opción para la solución de algún conflicto es solicitar una conciliación en los Consultorios jurídicos de las Universidades, quienes también están prestos a colaborarle a las personas que así lo requieran, en tal sentido encontré este documento de la Universidad Cooperativa de Colombia, en el cual se hace una introducción a los mecanismos alternativos de solución de conflictos e informan que tipo de asuntos se pueden conciliar en esas dependencias y cuáles son los requisitos básicos para acceder a este servicio.

Qué son los mecanismos alternativos de solución de conflictos (M.A.S.C)?

Son diferentes posibilidades que tienen las personas envueltas en un conflicto para solucionarlo sin la intervención de un juez ni de un proceso judicial, es decir, son una opción para resolver conflictos de una manera amistosa, expedita, sencilla, ágil, eficiente, eficaz y con plenos efectos legales, los protagonistas son las partes! El conciliador se encuentra para facilitar el diálogo, no para decidir.

Beneficios

Forma idónea de facilitar el acceso a la justicia al ciudadano
Eficacia
Participación ciudadana
 Tranquilidad; ahorro de tiempo y de dinero
Son procesos rápidos y sencillos
Son informales y la manera menos estresante de alcanzar una solución
Permiten ayudar a que las partes determinen, cómo sus necesidades queden satisfechas
Las partes y no el tercero neutral deciden la solución de su problema

Ejemplos de mecanismos alternativos

La mediación
La conciliación
Justicia de paz
Arbitramiento
Amigable composición

La conciliación

Mecanismo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.

Asuntos conciliables en los consultorios jurídicos

La custodia, cuidado personal y visitas a menores
Fijación de la cuota alimentaria
Asuntos susceptibles de transacción
Proceso de restitución de bien inmueble arrendado
Aumento, disminución o exoneración de alimentos.
Muchos más

Trámite de la solicitud

La conciliación empieza con la solicitud, es decir, una vez surgido un conflicto, la persona interesada debe presentar una solicitud de conciliación ante el operador de la conciliación que desee; dicha solicitud debe ser presentada por la persona que hace parte del conflicto. En el caso de nuestros Centros de Conciliación, debe acercarse y solicitar la asesoría dónde un practicante le ayudará a resolver todas las dudas sobre la solicitud y le ayudará a redactarla.

Requisitos mínimos de la solicitud

Fotocopia de la Cedula ampliada al 150% de la persona que presenta la solicitud de conciliación
Fotocopia de la cuenta de los servicios públicos que deje constar que la persona pertenece a los estratos socio-económicos 1 y 2
Fotocopia del Sisben si tiene
Demás documentos que considere se deben revisar para la conciliación
Residencia del solicitado

Tiempo de programación de audiencias

Una vez recibida la solitud de conciliación el día hábil para esta, se esperara dentro de 2 o 3 semanas la fecha para la situación de la audiencia de conciliación.


Tomado el 24 de Abril de 2016 de:

Gilma Janeth Pabón Rubio


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